viernes, 30 de enero de 2015

Derechos de los venezolanos

Derechos ciudadanos

Los derechos pueden ser entendidos como la facultad que tienen las personas de exigir el cumplimiento de una norma o de disponer de una cosa.

Art. 19: El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos.
Art. 21: Todas las personas son iguales ante la ley, en consecuencia: no se permitirá discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualde los derechos y libertades de toda persona.

Derechos políticos

Están referidos al derecho que tenemos todos los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, a fin de garantizar el completo desarrollo de la persona a los fines de ampliar, mas aun las formas de participación a las que tenemos derecho, en el articulo 70 de la Carta Magna consagra como medios de participación los siguientes:

En lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, las iniciativas legislativas, constitucional y constituyente, el cabildo y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas.
En los social y económico: Las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la congestión, las cooperativas, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.

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